Subvenciones a jóvenes para el alquiler de vivienda en el Ayuntamiento de Elgoibar
Convoca:
Ayuntamiento de Elgoibar
Requisitos:
Las personas beneficiarias deberán cumplir, además de los señalados con carácter general en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, los siguientes requisitos específicos:
- Ser titulares del contrato de alquiler (la cuantía de la prestación se dividirá por el número de inquilinos titulares del contrato).
- No tener vinculación familiar con el arrendador hasta un 2.º grado de consanguineidad o afinidad.
- Estar empadronados en la vivienda.
- No poseer vivienda en propiedad (salvo que sea cotitular de vivienda adquirida por herencia o donación, en las que ninguno de los porcentajes de cotitularidad supere el 50 % y el valor de las participaciones en vivienda no superen los 50.000 €).
- Estar empadronadas en el municipio de Elgoibar, con una antigüedad mínima de 2 años de forma ininterrumpida en el momento de presentar la solicitud o haber constado empadronado en el municipio a lo largo de 5 años de forma ininterrumpida. Basta con que solo uno de los titulares cumpla con este requisito.
- Edad entre 18-35 años, salvo los menores al cargo.
- Tener ingresos entre 18.000 € y 30.000 € brutos anuales ponderados.
- Estar al corriente del pago de tributos y sanciones del Ayuntamiento de Elgoibar, y demás obligaciones tributarias (Hacienda Foral) y de seguridad social.
Contenido:
Objeto de la subvención: Contribuir, en parte, al pago de las rentas del alquiler de la vivienda destinada a domicilio habitual de jóvenes de entre 18 y 35 años, que dispongan de una vivienda en régimen de alquiler en el término municipal de Elgoibar en el año 2020.
Plazo:
03/06/2022
Contacto:
Oficina de Atención a la Ciudadanía
Santa Ana kalea, 2
Elgoibar (Gipuzkoa)
Teléfono.: 943 741050
Ámbito:
Euskadi
Gipuzkoa
Elgoibar
Fuente:
Boletín Oficial de Gipuzkoa 64 de 4-04-2022.
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