Gazte politika: Mecanismos de coordinación e impulso de las políticas de juventud
Los planes generales en materia de juventud
Los planes generales en materia de juventud recogen, de forma coordinada y global, las líneas de intervención y directrices que orienten la actividad de las administraciones públicas vascas en materia de juventud.
- 2022-2026: V Plan Joven-Gazte Plana
- 2018-2021: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se Toma en Conocimiento el IV Plan Joven del Gobierno Vasco.
- 2017: Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Medidas Transitorias hasta la elaboración del IV Plan Joven del GV.
- 2014-2016: Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el III Plan Joven deL Gobierno Vasco
- 2013-2020: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Marco general del III Plan Joven de Euskadi 2020. La estrategia vasca en materia de juventud.
- 2006 y ss.: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las Medidas transitorias para el impulso de la política integral de juventud.
- 2002-2005: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el II Plan Joven de Euskadi.
- 1999-2001: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el I Plan Joven de Euskadi. Adhesiones de las instituciones al Plan.
Los planes estratégicos en materia de juventud
En desarrollo de las líneas de intervención y directrices del plan general, cada institución elabora y evalúa su propio plan estratégico de legislatura.
- III Plan Joven del Gobierno Vasco: acciones a ejecutar 2014-2016
- 2002-2005: Documento programático de la política de juventud de Euskadi
- Manual de Programación y Evaluación de Planes y Programas de Juventud
Diferentes tipos de evaluaciones realizadas por el Plan Joven:
IV Plan Joven de Euskadi 2018-2021:
III Plan Joven de Euskadi 2014-2016:
II Plan Joven de Euskadi:
I Plan Joven de Euskadi:
Número de actuaciones y presupuesto programado por año
Esta es la previsión realizada por las diferentes entidades para cada año. Los resultados de esta previsión se recogen en su Informe de seguimiento anual correspondiente.
- Órgano de Coordinación Interinstitucional en materia de Juventud de Euskad (artículo 48 de la Ley 2/2022)
El artículo 48 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud crea el Órgano de Coordinación Interinstitucional en materia de Juventud de Euskadi, para articular la cooperación y la coordinación entre las administraciones públicas vascas en materia de juventud, y con el fin de garantizar el impulso de la política integral de juventud.
- Comisión Interdepartamental de Juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi ( artículo 49 de la Ley 2/2022)
El artículo 49 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud crea la Comisión Interdepartamental de Juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como órgano de coordinación que garantice el desarrollo y efectiva aplicación de las actuaciones en materia de juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la vez que órgano impulsor de estas.
Mesas o comisiones sectoriales
Las Mesas Sectoriales tienen los siguientes objetivos:
- Promover una reflexión en cada departamento sobre la competencia y responsabilidad respecto al impulso de la emancipación juvenil.
- Impulsar las políticas sectoriales vinculadas a la política de juventud.
- Profundizar en los compromisos de cada departamento.
- Establecer los recursos necesarios.
- Impulsar la programación anual de cada departamento.
- Aportar una evaluación desde el punto de vista de cada departamento.
- Articular la coordinación de la política de juventud con los Planes de empleo, educación, vivienda y sociedad de la información.
Comisión técnica interdepartamental e interinstitucional de Juventud
Funciones:
- Coordinar la recogida de datos para la elaboración de la programación anual los compromisos de la correspondiente institución o departamento.
- Coordinar la recogida de datos para la elaboración de la evaluación anual de compromisos programados.
- Valorar y analizar el impacto, las necesidades, los problemas y la coordinación de las diferentes intervenciones en materia de juventud.
- Diseñar aquellas acciones de divulgación, investigación, debate social, etc. a través del desarrollo de seminarios, jornadas, edición de textos, documentos, etc.
Grupos de trabajo
Funciones:
- Elaborar modelos de desarrollo de acciones positivas responsabilidad de varias instituciones y departamentos.
- Elaborar herramientas comunes de programación y evaluación.
- Evaluar la política de juventud.
- Elaborar propuestas de planes y programas de juventud. Para ello puede ser de utilidad el siguiente material:
El Observatorio Vasco de la Juventud
El Observatorio Vasco de la Juventud se configura como un servicio específico con la finalidad de posibilitar el disponer de una visión global y permanente de la situación y evolución del mundo juvenil que permita evaluar el impacto y efecto de las actuaciones llevadas a cabo en Euskadi en general por las Administraciones Públicas con competencias en materia de juventud y en particular por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Con carácter general, el Observatorio Vasco de la Juventud acomete las funciones de investigación, información, documentación, estadística, difusión, formación y asesoramiento en materia de juventud. Igualmente, promueve la capacitación del personal, garantizando una formación básica, progresiva y permanente en materia de juventud.
Se dirige a:
- Responsables políticos y técnicos de los Departamentos del Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y Ayuntamientos en materia de políticas relacionadas con la juventud.
- Profesionales de entidades públicas y privadas que desarrollan su actividad con el mundo juvenil.
Orden de 10 de diciembre de 1999, de la Consejera de Cultura, por la que se crea y determinan las funciones del Observatorio Vasco de la Juventud.
Fecha de última modificación: