Gazte politika: Mecanismos de coordinación e impulso de las políticas de juventud

1.- Planificación

Los planes generales en materia de juventud

Los planes generales en materia de juventud recogen, de forma coordinada y global, las líneas de intervención y directrices que orienten la actividad de las administraciones públicas vascas en materia de juventud.

 2.- Programación

Los planes estratégicos en materia de juventud

En desarrollo de las líneas de intervención y directrices del plan general, cada institución elabora y evalúa su propio plan estratégico de legislatura.

3.- Evaluación

Diferentes tipos de evaluaciones realizadas por el Plan Joven:

    IV Plan Joven de Euskadi 2018-2021:

    III Plan Joven de Euskadi 2014-2016:

    II Plan Joven de Euskadi:

    I Plan Joven de Euskadi:

     4.- Órganos de coordinación

    El artículo 48 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud crea el Órgano de Coordinación Interinstitucional en materia de Juventud de Euskadi, para articular la cooperación y la coordinación entre las administraciones públicas vascas en materia de juventud, y con el fin de garantizar el impulso de la política integral de juventud.

    El artículo 49 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud crea la Comisión Interdepartamental de Juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como órgano de coordinación que garantice el desarrollo y efectiva aplicación de las actuaciones en materia de juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la vez que órgano impulsor de estas.

    Mesas o comisiones sectoriales

    Las Mesas Sectoriales tienen los siguientes objetivos:

    • Promover una reflexión en cada departamento sobre la competencia y responsabilidad respecto al impulso de la emancipación juvenil.
    • Impulsar las políticas sectoriales vinculadas a la política de juventud.
    • Profundizar en los compromisos de cada departamento.
    • Establecer los recursos necesarios.
    • Impulsar la programación anual de cada departamento.
    • Aportar una evaluación desde el punto de vista de cada departamento.
    • Articular la coordinación de la política de juventud con los Planes de empleo, educación, vivienda y sociedad de la información.

    Comisión técnica interdepartamental e interinstitucional de Juventud  

    Funciones:

    • Coordinar la recogida de datos para la elaboración de la programación anual los compromisos de la correspondiente institución o departamento.
    • Coordinar la recogida de datos para la elaboración de la evaluación anual de compromisos programados.
    • Valorar y analizar el impacto, las necesidades, los problemas y la coordinación de las diferentes intervenciones en materia de juventud.
    • Diseñar aquellas acciones de divulgación, investigación, debate social, etc. a través del desarrollo de seminarios, jornadas, edición de textos, documentos, etc.

    Grupos de trabajo

    Funciones:

    El Observatorio Vasco de la Juventud

    El Observatorio Vasco de la Juventud se configura como un servicio específico con la finalidad de posibilitar el disponer de una visión global y permanente de la situación y evolución del mundo juvenil que permita evaluar el impacto y efecto de las actuaciones llevadas a cabo en Euskadi en general por las Administraciones Públicas con competencias en materia de juventud y en particular por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    Con carácter general, el Observatorio Vasco de la Juventud acomete las funciones de investigación, información, documentación, estadística, difusión, formación y asesoramiento en materia de juventud. Igualmente, promueve la capacitación del personal, garantizando una formación básica, progresiva y permanente en materia de juventud.

    Se dirige a:

    • Responsables políticos y técnicos de los Departamentos del Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y Ayuntamientos en materia de políticas relacionadas con la juventud.
    • Profesionales de entidades públicas y privadas que desarrollan su actividad con el mundo juvenil.

    Orden de 10 de diciembre de 1999, de la Consejera de Cultura, por la que se crea y determinan las funciones del Observatorio Vasco de la Juventud.

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    Fecha de última modificación: