Requisitos

Requisitos

Para recibir la ayuda debes cumplir unos requisitos. Puedes leerlos aquí o si lo prefieres realizar nuestro test para averiguar si los cumples.

Recuerda que cuando realices la solicitud, deberás justificar estos requisitos con la documentación correspondiente.

Ayuda

Requisitos generales

  • Debes tener entre 25 y 29 años, ambos incluidos.
  • Estar empadronado/a en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi con una antigüedad de, al menos un año previo a la solicitud, o, 3 años de empadronamiento continuados en los últimos 10 años.
  • Tienes que ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual o como coarrendatario/a (compartiendo vivienda), o de compraventa, a título individual o como copropietario/a y que suponga un desembolso económico mensual acreditable (renta/pago alquiler, hipoteca o préstamo personal).
  • No puedes ser propietario/a de una vivienda distinta a la del domicilio habitual, salvo que acredites no poder disfrutar de ella (por causas de separación o divorcio u otros motivos ajenos a tu voluntad).
  • La vivienda tiene que ser el domicilio habitual y permanente de las personas que solicitáis la ayuda (tendrás que estar empadronado/a en esa vivienda).
  • No puedes tener vínculos familiares con la persona que alquila la vivienda (hasta segundo grado). En el caso de la compra, puedes comprar la vivienda a un familiar sin limitación alguna.
  • El importe del alquiler, la hipoteca o el préstamo tienes que abonarlo mediante transferencia bancaria, Bizum, pago electrónico...

Requisitos económicos 2025

Los límites de ingresos mínimos y máximos se actualizarán anualmente. Los límites de la convocatoria de 2025 son:

  • Si tributas de manera individual: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 30.000 euros.
  • Si tributas de manera conjunta: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 36.500 euros.

Se computan los rendimientos íntegros del trabajo, de actividades económicas, del capital mobiliario e inmobiliario, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de rentas, así como las rentas exentas, menos los correspondientes gastos deducibles del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Las pensiones compensatorias y anualidades de alimentos serán tenidas en cuenta tanto como ingresos de la persona ex cónyuge o ex pareja de hecho que las perciba, como minoración de ingresos de la persona ex cónyuge obligada a abonarlas, siempre y cuando la persona ex cónyuge o ex pareja de hecho obligada a abonarlas pruebe documentalmente que las ha satisfecho de forma efectiva.

No computarán las siguientes cuantías:

  • Programa Emantzipa.
  • Programa Gaztelagun.
  • Prestación Complementaria de Vivienda y Prestación Económica de Vivienda.
  • Ayudas de emergencia social destinadas al pago del alquiler.
  • Saldos netos de ganancias y pérdidas patrimoniales que resulten negativos.

Además, no puedes tener bienes, derechos o activos financieros por importe superior a 75.000 euros, salvo que estén destinados a una actividad empresarial o profesional, y excluida la vivienda habitual.

NOTA: Con carácter general, no será necesario aportar la documentación acreditativa de los ingresos, salvo:

  • Oposición por parte de la persona solicitante a la consulta de dichos datos en otras Administraciones.
  • La información fiscal no se encuentre disponible.

En dichos casos, en caso de no aportar la documentación (nóminas, 10T, otros justificantes de ingresos, etc.), le será requerida.

Incompatibilidades

Debes tener en cuenta que Emantzipa es incompatible con:

  • Ser inquilino/a en una vivienda de protección pública (por ejemplo, en Alokabide, Viviendas Municipales de Bilbao, Donostiako Etxegintza u otras administraciones).
  • Ser inquilino/a en una vivienda privada del programa de vivienda vacía Bizigune o del programa ASAP (Alokairu Segurua, Arrozoizko Prezioa).
  • Tener una vivienda de protección pública en propiedad, salvo que acredites la no disponibilidad plena.
  • Disfrutar de una vivienda que no ocasione gastos acreditables (por ejemplo, si te han cedido el uso de una vivienda familiar o la has heredado libre de cargas).

Compatibilidades

Emantzipa es compatible con ser beneficiaria de las siguientes ayudas y prestaciones:

  • Renta de garantía de ingresos (RGI), ingreso mínimo vital (IMV), y otras rentas de inserción social.
  • Programa Gaztelagun.
  • Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) y Prestación Económica de Vivienda (PEV).
  • Ayudas de Emergencia Social (AES).
  • Ayudas municipales o de otras Administraciones y Entidades Públicas para los gastos de alquiler o que favorezcan la emancipación.